Tras la importante subida de los tipos de interés en las hipotecas de las familias, puede que algunas tengan problemas para hacer frente a los pagos. En esta guía damos algunas indicaciones sobre lo qué hay que hacer si estás sufriendo esta situación
Lo primero que hay que hacer cuando se están teniendo problemas al pagar la hipoteca es buscar ayuda, no debemos esperar a que se produzcan los impagos y a que el banco comience el proceso de desahucio o de ejecución hipotecaria. La Plataforma de Afectados por la Hipoteca tiene sedes en todas las provincias para asesorar y ayudar a las familias que se encuentran en esta situación, por tanto, el primer paso siempre es pedir ayuda y asociarse con los movimientos por la vivienda. Es fundamental que el proceso de ejecución hipotecaria no haya comenzado, ya que si no, no podrás acogerte a ninguna medida.
Código de buenas prácticas
Tras los abusos bancarios producidos en la crisis de 2008 y la dramática situación que produjeron los desahucios en la población. El Gobierno desarrolló un código de buenas prácticas para las entidades bancarias. La mayoría de bancos y cajas de ahorros están acogidas a esta ley. Esta ley obliga a los bancos a informar de las opciones que tienen las familias con problemas para afrontar los pagos de la hipoteca, normalmente no lo suelen hacer, pero los usuarios deben saber que están obligados a ello. Esta ley contempla tres medidas principales que veremos a continuación en esta guía elabora por Miquel Riera para la revista HelpmyCash.com
Requisitos para acogerse a este código
Para empezar, la hipoteca debe pesar sobre una vivienda habitual. Es decir, que estas soluciones no son válidas si no puedes pagar el préstamo que contrataste para comprar una segunda residencia. En segundo lugar, debes situarte en el umbral de exclusión. Si pides que se te apliquen las medidas previas a la ejecución hipotecaria, tendrás que cumplir unos requisitos determinados
Los ingresos de todos los miembros de tu unidad familiar (los familiares con los que convives, tú incluido) no pueden superar los 1.737,06 euros al mes en 14 pagas o los 2.026,57 euros al mes en 12 pagas.
Este límite será de 2.316,08 euros en 14 pagas o 2.702,09 en 12 si un miembro de tu unidad familiar tiene una discapacidad superior al 33%, una situación de dependencia o incapacidad permanente por enfermedad. Y será de 2.895,10 euros en 14 pagas o 3.377,62 en 12 si uno de los titulares de la hipoteca tiene parálisis cerebral, enfermedad mental, discapacidad intelectual del 33% o superior, discapacidad física o sensorial del 65% o más o incapacidad por enfermedad grave.
También debes haber sufrido una alteración significativa de tu situación económica o familiar en los cuatro años anteriores a la solicitud. Esto significa que:
El esfuerzo que represente la carga hipotecaria sobre tu renta familiar se haya multiplicado por al menos 1,5. Por ejemplo, si antes dedicabas el 30% de los ingresos familiares a pagar las cuotas y ahora dedicas el 45% o más. O también:
- Que seas familia numerosa.
- Que seas familia monoparental con dos o más hijos a cargo.
- Que tengas a cargo un menor de edad.
- Que uno de los miembros tenga una discapacidad de más del 33%, dependencia o incapacidad permanente para trabajar por enfermedad
- Que viva contigo uno de tus tíos, sobrinos o bisabuelos (o de tu cónyuge) y se encuentre en situación de discapacidad, dependencia o incapacidad temporal o permanente por enfermedad grave.
- Que uno de los miembros sea víctima de violencia de género.
- Que tú u otro cotitular de la hipoteca tengáis más de 60 años.
La cuota de la hipoteca debe superar el 50% de los ingresos netos familiares, es decir, de lo que ingresa toda tu unidad familiar (tú incluido) cada mes.
Reestructuración de la deuda
Empecemos por el plan de reestructuración. Para que te lo ofrezcan, tendrás que presentar una solicitud formal ante el banco. Deberás pedir cita en tu oficina, comentar que quieres acogerte al Código, rellenar el formulario que te entregará tu entidad y presentar los documentos que te solicite para comprobar que cumples los requisitos.
En un plazo máximo de un mes desde que presentes tu solicitud, el banco tendrá que decirte si la aprueba o no. Si ha aceptado tu petición (tiene que hacerlo si cumples los requisitos), deberá presentarte su plan de reestructuración, que debe incluir todas estas medidas:
Aplicar una carencia de capital durante cinco años. Esto te permitirá pagar solo la parte de intereses de tu cuota a lo largo de ese período. Eso sí, el capital que no abones se te cobrará en las mensualidades que pagues cuando acaben los cinco años.
Ampliar el plazo de devolución hasta los 40 años, a contar desde que contrataste la hipoteca. Por ejemplo, si tu préstamo es del 2010, podrás acabar de pagarlo en 2050. Al devolver el dinero en más tiempo, el importe de las cuotas será más asequible, pero acabarás pagando más en intereses (se generarán durante un plazo más largo).
Reducir el interés de la hipoteca a euríbor más 0,25% durante cinco años, también si tu hipoteca es fija (se te pasará a tipo variable a lo largo de esos cinco años). De este modo, tus cuotas serán aún más bajas mientras se te aplique la carencia. Pasado ese período, volverás a tener el mismo interés que aparece en la escritura del préstamo. Si tu hipoteca tiene cláusula suelo (un interés mínimo), se anulará durante cinco años.
Quita de capital
Las medidas del plan de reestructuración te permitirán pagar unas cuotas mucho más asequibles. Sin embargo, si las mensualidades aún superan el 50% de los ingresos de toda tu familia (tú incluido), el banco considerará inviable el plan y te lo comunicará.
En cuanto te lo comunique, podrás solicitar una quita parcial de la deuda. Es decir, que podrás pedir que el banco te perdone una parte del capital pendiente de tu hipoteca. Así, como le deberás menos dinero, tus cuotas serán más bajas. La entidad tendrá un plazo de un mes para aceptar tu solicitud o rechazarla.
Dación en pago con alquiler social
¿Y qué pasa si las cuotas se comen más del 50% de tus ingresos familiares tras el plan de reestructuración y la quita? En ese caso, tendrás un plazo de 12 meses para pedir la dación en pago a tu banco, a contar desde que empezaste el proceso. Consiste, básicamente, en entregarle la vivienda a la entidad a cambio de que toda la deuda quede saldada. La entidad está obligada a aceptarlo.
La ventaja de esta medida es que ya no deberás nada al banco, pero a cambio de perder la propiedad sobre tu casa. Además, el banco está obligado a proporcionarte un alquiler social durante 7 años a un importe asumible para los ingresos familiares que no supere el 30% de los ingresos familiares.
Los bancos casi nunca informan de todas estas opciones
No esperéis que la entidad bancaria os informe de todas las opciones que tenéis ante de que comenzar el proceso de desahucio. El objetivo de las entidades bancarias es comenzar el alzamiento de la vivienda lo antes posible. Desde la Plataforma de Afectados por la Hipoteca recuerdan que hay que buscar ayuda antes de que comiencen los impagos ya que luego la mayoría de estas mediadas no se podrán tomar.
El número de contacto de la PAH en Granada es 666 016 025