Los usuarios que quieren abonar la tasa al contado se ven obligados a hacerlo en una entidad bancaria al menos tres días antes de la revisión de su vehículo.
FACUA Andalucía ha denunciado a Veiasa ante la Dirección General de Consumo de la Junta por no permitir en sus estaciones el pago en efectivo en el momento de pasar la ITV, vulnerando con ello la legislación de defensa de los consumidores.
La federación ha tenido conocimiento de que la empresa sólo permite a los conductores el abono de la tasa a través del pago con tarjeta. En la página web de Veiasa, al solicitar cita previa, se indica que los pagos en efectivo solo se pueden realizar efectuando el abono anticipado de la tasa mediante carta de pago, la cual deberá ser abonada al menos tres días antes de la prestación del servicio y solo en las oficinas bancarias de Unicaja.
La empresa pública que presta este servicio, el cuál es obligatorio para la circulación de los vehículos por todo el territorio nacional, alega que esta medida de no permitir el pago en efectivo en sus oficinas atiende a las restricciones impuestas por el Covid-19.
FACUA Andalucía entiende que esta postura no está justificada, ya que ninguna norma ha impuesto en toda la pandemia la prohibición del pago en efectivo en ningún tipo de establecimiento. Veiasa intenta hacer ver que el abono en efectivo está permitido como método de pago, si bien lo único que puede hacer el usuario es el pago anticipado de la tasa, ya que no se permite en el momento de pasar la revisión al vehículo.
La federación afirma que esta medida es contraria al Real Decreto 1/2007 de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, donde se recoge que es infracción en materia de defensa de los consumidores y usuarios «la negativa a aceptar el pago en efectivo como medio de pago dentro de los límites establecidos por la normativa tributaria y de prevención y lucha contra el fraude fiscal».
Por todo ello, FACUA Andalucía considera que la empresa pública que presta este servicio está cometiendo una clara vulneración de los derechos de los consumidores, con el consiguiente perjuicio que esto supone para los conductores andaluces.